SECUESTRO Y EXTORSIÓN
EXTORSIÓN Y SECUESTRO
I. DESARROLLO DEL TEMA:
HISTORIA:
1537.- Gonzalo Jiménez de Quezada,
secuestró al ZAQUE QUEMUENCHATOCHA.
1933.- En Aguacatal (Valle del Cauca) es secuestrada una niña de tres (3) años ELISA EDER, familiar del famoso industrial Harold Eder.
En Colombia causó asombro, el 20 de Marzo de 1965, el secuestro del señor LEONIDAS OLIVERIO LARA, Ganadero, en el Departamento del Huila. Casi un mes más tarde 15 de abril secuestran en el Departamento del Valle al Industrial HAROLD EDER, ambos murieron en cautiverio. Posteriormente el secuestro de PACHECO, quien fue liberado.
En la década de los 50 y 60 se caracteriza por secuestros llevados a cabo por bandas de delincuencia común.
En la década de los setenta El M-19 secuestró a JOSE RAQUEL MERCADO, A QUIEN SE LE HIZO UN “Juicio Popular” para más tarde asesinarle.
De ahí en adelante y durante toda esa década, por diferente móviles, no cesaron los secuestros de periodistas, diplomáticos, políticos, funcionarios, policías, sacerdotes, gerentes de empresas multinacionales, profesionales extranjeros, ganaderos , abogados y líderes cívicos.
Dentro de éstas personalidades se encuentran entre otros, el ex presidente ALFONSO LOPEZ PUMAREJO, el Líder sindical JOSE RAQUEL MERCADO, CAMILA MICHELSON NIÑO, el escultor RODRIGO ARENAS BETANCOURT, EL Dirigente Político ALVARO GOMEZ HURTADO, Y el procurador CARLOS MAURO HOYOS.
El M-19 y las FARC, EMPEZARON HACIA PRINCIPIOS DE LOS AÑOS 70 CON LA RETENCIÓN DE GANADEROS Y EMPRESARIOS DE NOTORIO LIQUIDEZ ECONÓMICA PARA FINANCIAR LA ACCIÓN SUBVERSIVA.
Luego en los ochenta floreció el secuestro realizado por la nueva modalidad criminal del NTB Y TALES PLAGIOS SE LE ATRIBUYERON A LOS extraditables grupo de narcotraficantes de droga conformados por PBALO ESCOBAR GAVIRIA, Gonzalo Rodríguez gacha, Y LOS hermanos OCHOA, ENTRE OTROS. Secuestraron a diversas personalidades de la vida pública como periodistas, políticos y sus familiares con el fin de enviar mensajes y comunicados al obierno y presionar para evitar la extradición.
Los secuestros de mayor impacto nacional perpetrados por los extraditables fueron:
El secuestro masivo de periodistas, el secuestro del candidato ANDRES PASTRANA ARANGO, EL SECUESTRO DEL Periodista FRANCISCO SANTOS CALDERÓN, a quien liberaron ocho (8) meses después y creó la Fundación país libre.
En septiembre de 1995. el presidente SAMPER, CREÓ LA FIGURA del ZAR antisecuestro
Es en la década de los ochenta cuando los carteles de Cali y Medellín, especialmente, éste último inician los secuestros selectivos de Periodistas, entre los que se cuenta el de DIANA TURBAY , quien murió cuando la iban a rescatar.
NOTICIAS DE UN SECUESTRO de GABRIEL GARCÍA MARQUEZ, nos narra el secuestro de MARUJA DE PACHÓN Y BEATRIZ DE VILAMIZAR.
En la historia reciente conmueve al país la muerte en cautiverio de los Doctores GUILLERMO GAVIERIA y GILBERTO ECHEVERRI MEJIA.
Elabore una lista de los personajes que actualmente están secuestrados e identifique pormenores de su secuestro teniendo en cuenta el QUE, QUIEN, CUANDO, DONDE y COMO.
Leer “NOTICIA DE UN SECUESTRO” por Gabriel García Márquez.
LESZLI KALLI “SECUESTRADA”
CONCLUSIONES SOBRE EL SECUESTRO EN COLOMBIA CAUSAS Y LEGISLACIÓN PENAL.
Por el Mayor JOSE ANTONIO ROJAS CARDENAS. Revista de las Fuerzas Armadas. Junio-1984.
Con la presente investigación sobre el secuestro como título de delito en Colombia, no me propongo plantear soluciones concretas a esta calamidad socio – política, pero si, dar una mayor claridad a sus causas, las cuales cotidianamente están desequilibrando más la unidad de nuestros hogares, terminando con la solidaridad social y obstaculizando los ideales de los gobernantes como gobernados en conducir al país a sus desarrollo. Igualmente, resaltar como los grupos de antisociales autodenominados Fuerzas Revolucionarias o Movimientos de Liberación, bajo doctrinas foráneas tomaron esta modalidad delictiva como arma de doble filo para autofinanciar sus organizaciones, adquirir material bélico y concienciar a su favor a la gentes más flageladas por el subdesarrollo, queriendo demostrar que sus logros son del pueblo, armas que bien manejadas han alcanzado básicos pilares en algunas regiones del territorio patrio.
Brillantes tratadistas, Legisladores, Sociólogos y Militares han tratado anteriormente este tema con visiones relativas a sus conocimientos profesionales, obteniendo laureles dentro de su medio, sin alcanzarlo en otros, ya que el eco de sus estudios individuales no han penetrado en todo el pensar y opinión común del pueblo colombiano.
A nivel Nacional, se adquiere un análisis interdisciplinario que presente recomendaciones comprensivas y evidentes, conducidas a tomar una decisión definitiva para radicar un alto porcentaje del fenómeno económico subversivo.
Nuestro país ante el mundo es una Nación de Leyes, la Legislación Penal de la República sobre el secuestro, no puede ser permisible a este delito en pro o en contra de la seguridad social.
Si las fuerzas vivas de nuestros estamentos unen sus propósitos, sus recursos y sus argumentos históricos bajo una misma bandera, muy pronto se cumplirá el objetivo propuesto.
HECHOS HISTÓRICOS.
Secuestro: Acción y efecto de secuestrar. Secuestrar en la segunda acepción que de esta palabra da el diccionario, “Apoderarse de una persona con el fin de conseguir algo o pedir dinero por su rescate”
(1) La acción de secuestrar se conoció en la antigüedad con la denominación de plagio, “así en el Siglo XV SE DISTINGUIERON TRES CLASES DE PLAGIO:
1. Plagio Militar o Político.
2. Plagio civil.
3. Plagio Literario. (2)
En el plagio militar o político, se tomaba a los individuos y se les enrolaba por la fuerza como parte de un ejército, sin importar la nacionalidad, pues para la época existía comercio internacional de guerreros. En otras ocasiones durante la guerra se vio que era inútil matar al enemigo y que daba más resultado capturarlo para venderlo a otros países o devolverlo al propio, mediante un pago que se llamó rescate. Cuando el prisionero era político o un alto gobernante, se fijaba su rescate a mayor precio; este fue el nacimiento del secuestro político. El plagio civil consistía en la aprehensión de una persona, sin que para ello mediara acción militar; se llevaba a cabo mediante la fuerza o por medio de engaños, con el fin de obtener un rescate o algún beneficio, aunque no necesariamente de tipo económico” (3) Mientras el hombre viva, siempre anhelara su libertada; si para obtenerla tiene que sacrificarse, entregar sus bienes, con gusto lo hará.
En el año 1532 el Rey Inca fue secuestrado por Francisco Pizarro, para obligar al imperio a entregar todo su tesoro a cambio de la libertad del Emperador, aunque fue asesinado en el mismo sitio de cautiverio.
Nicolás II, último Zar de Rusia, fue secuestrado por los Bolcheviques después de la Revolución de Octubre; el gobierno de Ivov, lo mando ejecutar con toda su familia.
En los Estados Unidos, en el año 1932, fue secuestrado y asesinado el hijo del intrépido aviador Charles A. Lindbergh acción que conmovió al mundo.
En la década de lo sesenta, en nuestro país se presentó esta acción delictiva con características violentas propias de la época. Dos hechos impactaron el sentir de la nación:
Primero los secuestros de LEONIDAS OLIVERIO LARA y de HAROLD HEDER, quienes fueron ejecutados por sus captores y el Segundo El desvío hacia La Habana de aeronaves comerciales en pleno vuelo.
Durante el Gobierno del Doctor JULIO CESAR TURBAY AYALA, un grupo de subversivos del autodenominado M-19 asaltó la embajada de la República Dominicana, tomando como rehenes a varios Embajadores de países amigos; este echo terminó en Cuba, después de una negociación con el Gobierno Nacional.
“Este título de delito también ha sufrido aquellas vicisitudes y transformaciones que los cambios de las costumbres populares y de condiciones de los tiempos les imponen a las cosas humanas” (4)
GLOSARIO
A continuación, tendremos la definición de algunos términos utilizados tanto en la parte investigativa y con relación al C.P., del cual se incluyen algunas abreviaturas. También podemos observar algunas siglas que utilizaremos en el presente módulo en la parte operacional..
AMENAZA Riesgo ante la inseguridad y vulnerabilidades.
AQUIESCENCIA Consentimiento.
CASACIÓN f. Acción de casar o anular.
“CONASE” Consejo Nacional de Lucha contra el Secuestro y demás Atentados contra la Libertad Personal.
CONCORDADOR Que concuerda o concilia.
CONSTREÑIMIENTO m. Coacción, apremio.
“DAS” Departamento Administrativo de seguridad.
“DIAN” Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
EXTORSIÓN En general, cualquier forma de tomar la propiedad de otra persona por medio de fuerza.
“GAULA” Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal..
GOES Grupo Operaciones especiales.
INEXEQUIBLE Adj. Que no es exequible, que no se puede hacer, conseguir o llevar a efecto.
INQUISITIVO Adj. Relativo a la indagación.
INTRUSO Delincuente.
ORDEN DE BATALLA identificación de las Fuerzas enemigas, su organización y características. Elementos: Composición, Dispositivo, Fuerza, Procedimientos Tácticos.
REHÉN, Prisionero, militar o civil, capturado para forzar un acuerdo que facilite una rendición rápida del enemigo o, por el contrario, su clemencia. La toma de rehenes en tiempos de guerra por fuerzas organizadas fue prohibida en 1949 por la Convención de Ginebra.
SECUESTRO Delito que de, acción que consiste en retener de forma indebida a una persona exigiendo una suma de dinero a cambio de su rescate o de alguna otra condición para su puesta en libertad. La pena por el delito de secuestro es en líneas generales tanto mayor cuanto más tiempo transcurra sin que el autor del mismo dé cuenta y razón del paradero del secuestrado. La consideración del delito se agrava asimismo si el autor del secuestro es una autoridad o agente público, o ha simulado serlo (por el obvio abuso de autoridad o de aparente autoridad que ello representa), o si la víctima es menor de edad. Las Brigadas Rojas, organización terrorista de izquierda que actuó en Italia durante la década de 1970, así como en los primeros años de la de 1980, y que reapareció en 1999. Este grupo intentó debilitar el sistema democrático italiano con el objetivo de imponer su propio sistema político y económico.
TÁCTICA Ciencia o técnica que consiste en distribuir y dirigir las fuerzas para la consecución de un objetivo limitado o un fin inmediato, a diferencia de la estrategia, cuyo arte es el empleo de todos los elementos del poder de una organización para conseguir sus objetivos.
“UNASE” Unidades Antisecuestro.
TERMINO
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SIGNIFICADO
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AGENTE DE AVANCE
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El agente responsable por todas las medidas de seguridad
durante el movimiento.
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AGENTE DE INSPECCIÓN
DE RUTA
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Agente designado para llevar a cabo inspección de ruta por la cual
transitará el dignatario, a pié o en vehículo.
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AGENTE DE VIGILANCIA
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El agente asignado a recoger la información para la protección del
dignatario antes de que este haga la visita.
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AUTOMOVIL DELANTERO
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Un automóvil que transporta al Agente de Inteligencia, el Agente de Avance,
y a otros agentes de seguridad. El Automóvil delantero precede al automóvil
del dignatario por varios minutos y garantiza que todas las medidas
de seguridad. Están en efecto.
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AUTOMÓVIL PILOTO
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Un vehículo de seguridad que va directamente en frente del
Automóvil del dignatario. Es utilizado cuando un anillo interior grande del
Equipo protector acompaña al dignatario.
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AUTOMÓVIL SEGUIDOR
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Este es el vehículo que transporta al equipo de protección.
El vehículo del dignatario durante el movimiento.
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AVANCE
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Todas las actividades, planes y arreglos de seguridad hechos
Antes de un desplazamiento, o en conexión con el movimiento
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EQUIPO DE REGISTRO
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Los agentes designados para inspeccionar un área, habitación,
Vehículo, avión, etc. En busca de artefactos explosivos, trampas
Explosivas, etc. Antes de la llegada del dignatario.
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VIGILANCIA DE PROTECCIÓN
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Toda la información que tiene que ver con cualquier individuo,
grupo o actividad que pudiera afectar la seguridad del dignatario.
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OPERACIONES DE PROTECCIÓN
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La planificación, organización y conducción de la seguridad durante
un movimiento específico o visita de un dignatario.
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SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN
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Una serie de símbolos permanentes y transitorios (distintivos,
insignias, permisos, boletos u otras credenciales) utilizados para
controlar el accesos a un dignatario o el área donde este está
visitando, o va a visitar.
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CUARTO DE SEGURIDAD
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Área designada para el uso operacional por un equipo de
protección cuando éste está empeñado en un movimiento de
protección.
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PUESTO DE SEGURIDAD
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Un Área de responsabilidad establecida para formar parte integral
de una red de seguridad alrededor de un dignatario.
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AGENTE DE SITIO
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El agente responsable por la inspección de seguridad y de las
medidas de seguridad en un local (hotel, aeropuerto, restaurante)
que va a ser visitado por el dignatario.
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INSPECCIÓN
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Análisis de las vulnerabilidades (peligros) de un sitio o ruta a ser
utilizada por el dignatario, el plan de seguridad para eliminar o
reducir esos peligros, y los planes de contingencia para enfrentar
cualquier situación de emergencia.
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NIVEL DE AMENAZA
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El grado de peligro existente en cualquier momento dado,
determinado por un análisis de la información e inteligencia
disponible.
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ACICA
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Acatar las órdenes de seguridad.
Conocer las rutinas de la guardia interior.
Inquisitivo
Consciente.
Alerta
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EER.
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Equipos especiales de reacción.
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SUBVERTIR
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Trastornar, revolver, destruir.
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VIGILANCIA ESTRATÉGICA: Conocimiento de la situación nacional propia y de otros países, que sirve de base para formular y desarrollar planes políticos y militares como nacional e internacional. Abarca aquellos factores que influyen en las capacidades vulnerabilidades Militares y en los probables cursos de acción de las naciones y que se consideran componentes de la inteligencia estratégica (Geografía, Política, Económica, Sociología, Ciencias, Transportes, Comunicaciones y Fuerzas Armadas)
VIGILANCIA: Conocimiento de un posible o actual enemigo o intruso y el área de operaciones. Comprende: Vigilancia de combate, vigilancia Estratégica y Contra vigilancia.
CONTRAVIGILANCIA, Actividad que la inteligencia cumple para destruir la acción de los servicios de inteligencia enemiga, ya sea este potencial o actual. Protege la información contra el espionaje. El personal contra subversión y las instalaciones o material contra el sabotaje.
LA VIGILANCIA DEBE SER UTIL: El conocimiento de un problema determinado debe permitir que se alcancen decisiones lógicas.
LA VIGILANCIA DEBE SER OPORTUNA: Sólo sirve si llega al usuario para influir en su decisión posterior. Para cumplir este principio puede llegarse a comunicar inteligencia aún incompleta, en cuyo caso debe advertirse al destinatario.
AREA DE INFLUENCIA La misión área de operaciones asignada a un Líder para efectos de responsabilidad. En ella el Líder emplea los medios disponibles para obtener la inteligencia que permita un adecuado empleo de su mayor poder de acción. Solo puede tomar una determinación el Líder, se denomina también área de Responsabilidad – Área adyacente.
AREA DE INTERÉS Incluye el área de influencia o responsabilidad de un Líder y las áreas de Unidades vecinas desde las cuales fuerzas enemigas pueden efectuar el cumplimiento de su propia misión.
OPERACIONES ABIERTAS Las que desarrollan las agencias de investigación para buscar información mediante acciones militares conocidas y aceptadas por el Derecho Internacional. Se emplean normalmente tropas en uniforme o con identificación, se acepta la responsabilidad por sus actos y cubre mayormente aspectos de interés táctico.
OPERACIONES CUBIERTAS Actividades de vigilancia ejecutadas solamente por agencias especiales en áreas de difícil acceso y cuyo desarrollo se protege el origen de la misión. Su acción está a cargo de Unidades especiales.
OPERACIONES DE VIGILANCIA Y LAS OPERACIONES TÁCTICAS SON INTERINDEPENDIENTES.
El grado de éxito alcanzado por un equipo depende del desarrollo y uso de la inteligencia y en consecuencia las agencias responsables de operaciones tácticas y de inteligencia de interés para sus operaciones deben trabajar como un solo equipo.
SIGLAS Relacionadas con la Inteligencia y Contrainteligencia.
ACICA Acatar las ordenes de seguridad –
Conocer las rutinas de la guardia interior. –
Inquisitivo. –
Consciente. –
Alerta.
ASACD Forma Parte de una apreciación de la situación:
(1) Análisis de la misión.
(2) Situación y cursos de Acción.
(3) Análisis de los cursos de Acción.
(4) Comparación de los cursos de Acción.
(5) Decisión.
EEI Elementos esenciales de Inteligencia.
EEIA. Elementos Esenciales de la Inteligencia Amiga.
INTHU Inteligencia Humana.
INTTEC. Inteligencia técnica.
METTT Misión, enemigo, tiempo, terreno, tropas disponibles.
ORI Otros Requerimientos de Inteligencia.
ORDOP Orden de Operaciones. Es el documento que respalda la acción de todo Jefe comprometido en el cumplimiento de una misión, en ella podemos destacar los siguientes Puntos:
1. SITUACIÓN
1.1 Enemigo.
1.2 Propias Tropas.
1.3 Agregaciones y Segregaciones.
2. MISIÓN. Esta debe responder a los siguientes interrogantes:
2.1 Quien Cumplirá la misión
2.2 Cuando hora, día, mes año.
2.3 Donde lugar exacto al cual debe concurrir ( X –Y)
2.4 Que Efectúa patrullaje de registro, control, presencia
Golpe de mano, emboscada, etc.
2.5 Como Métodos y Técnicas a emplear.
2.6 Por que El motivo por el cual debe hacerse la operación.
2.7 Para que. Se especifica el objetivo Ej. Rescatar secuestrado y capturar a sus secuestradores.
3. EJECUCIÓN.
3.1 Concepto de la Operación. (Como vamos a hacerlo)
3.2 Instrucciones a sus Subordinados. (A cada persona que participa)
3.3 Instrucciones de Coordinación. (Prohibiciones y recomendaciones)
4. APOYO LOGÍSTICO.
4.1 Armas, equipo, vestuario, equipo especial.
4.2 Alimentación Lavado y similares.
4.3 Ración de campaña, víveres, forrajes y agua.
4.4 Transporte.
4.5 Sanidad
4.6 Equipo Especial
5. MANDO Y COMUNICACIONES.
5.1 PDM.. Ubicación del Puesto de mando.
5.2 PC. Puntos DE Control o seguridad.
5.3 Equipos de Comunicación.
5.4 Canales y horas de programa.
5.5 Indicativos.
5.6 Evacuaciones.
PRODECO Procedimiento de comando. Procedimiento mental y lógico que sigue todo Jefe o Líder desde el momento en que recibe una misión.
PLANEAMIENTO Debe obedecer a los objetivos propuestos, análisis de las amenazas, gracias a la inteligencia debe cumplir un ciclo de tres actividades continuas: análisis y Planeamiento; Elaboración y Publicación de Planes y Ejecución de éstos en varios campos de acción.
REFIECES Es la SIGLA con la cual usted podrá recordar los puntos que debe tener en cuenta el Jefe en su PRODECO.
1. Recibo la misión.
2. Emitir la Ante orden.
3. Formular un Plan tentativo.
4. Iniciar movimientos necesarios.
5. Efectuar un reconocimiento.
6. Completar el Plan.
7. Emitir la ORDOP.
8. Supervisión y ensayo.
SEGOP Seguridad en las Operaciones.
. Erradicación de Delitos que atentan contra la Libertad Personal.
ORGANIZACIÓN DEL “Conase”
Ley 282 de 1996 Artículo 1º. Consejo Nacional de Lucha Contra el Secuestro y demás Atentados contra la Libertad Personal.
Conase, como órgano asesor, consultivo y de coordinación de lucha contra el secuestro y demás atentados contra la Libertad Personal,
Integrado por
Un Oficial Superior del Ejército Nacional y Un Oficial Superior de la PONAL designados por el Ministro de la Defensa Nacional.
Un delegado personal del Director del Departamento Administrativo de seguridad DAS.
Un delegado personal del Procurador general de la Nación.
Un delegado personal del Fiscal general de la Nación. Y
Un delegado personal del Presidente de la república, que será el Director del Programa Presidencial para Defensa de la Libertad Personal, quien lo presidirá.
Parágrafo. Cuando el Conase lo juzgue conveniente por la índole del asunto que se va a tratar, podrá invitar a funcionarios y personas de otras entidades del Estado o privadas para que asistan a algunas de sus reuniones.
“Gaula”
Art. 4o.- Grupos de Acción Unificada. Créanse los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, "Gaula", cada uno conformado con el personal, bienes y recursos señalados mediante resolución del Director del Programa Presidencial para la Defensa la Libertad Personal1 los cuales deberán ser aportados por la Fiscalía General de la Nación, el Ejército Nacional, la Policía Nacional, la Armada Nacional, la Fuerza Aérea y el Departamento Administrativo Nacional de Seguridad.
Parágrafo.- En adelante, las funciones que vienen cumpliendo las Unidades Antisecuestro, UNASE, estarán a cargo de los "Gaula" y en consecuencia su personal, bienes y recursos, podrán ser incorporados a éstos, previa evaluación que para el efecto realice el Conase.
Art. 5o.- Organización de los Gaula. Los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, "Gaula", para el cumplimiento de su misión se organizará así:
a) Una Dirección Unificada a cargo del Fiscal respectivo y el Comandante Militar o Policial correspondiente, en lo de su propia competencia;
b) Una unidad de Inteligencia y evaluación compuesta por analistas de inteligencia, técnicos en comunicaciones y operación de bases de datos, encargados de recolectar y procesar la información y proponer a la Dirección Unificada las diferentes alternativas de acción;
c) Una Unidad Operativa compuesta por personal de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional o el Departamento Administrativo de Seguridad. Cada Unidad actúa bajo el mando de un oficial y se encarga del planeamiento y la ejecución de las operaciones necesarias para el rescate y la protección de las víctimas y la captura de los responsables;
d) Una Unidad Investigativa compuesta por agentes, detectives y técnicos con funciones de Policía Judicial. Cada unidad actúa bajo la dirección del fiscal competente y se encargará de adelantar las investigaciones penales.
Parágrafo. - Para apoyar las funciones de los "Gaula" en la detección de activos provenientes de delitos de secuestro y extorsión, se conformará un grupo interinstitucional integrado por funcionarios de las entidades públicas que ejerzan funciones de vigilancia y control y de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Art. 6o.- Atribuciones especiales del Fiscal Delegado. El Fiscal Delegado, además de cumplir con los procedimientos ordinarios, tendrá las siguientes atribuciones de carácter especial:
a) A partir de la fecha, asumir en forma exclusiva la etapa de investigación previa de los casos relacionados con los delitos de secuestro, extorsión y conexos, hasta lograr la identificación de los autores o partícipes, salvo en los casos de flagrancia o confesión, en los que será competente también para proferir resolución de apertura de instrucción y oír en diligencia de indagatoria al capturado. Si no existiere capturado, librará la correspondiente orden de captura.
Identificada la persona o recibida la indagatoria al capturado, según sea el caso, el Fiscal remitirá en forma inmediata la actuación a la Secretaría Colectiva de la Dirección Regional de Fiscalías, para que se haga llegar al Jefe de la Unidad Especializada Antisecuestro y Extorsión y se asigne el Fiscal de conocimiento;
b) Dirigir, coordinar y controlar todas las investigaciones;
c) Comunicar en forma inmediata al Director del Programa Presidencial para la Defensa de la Libertad Personal la iniciación de las investigaciones previas e informar sobre el desarrollo de las mismas.
Parágrafo. - Modificado. Ley 504 de 1999, art. 31. De las investigaciones preliminares en curso continuarán conociendo los fiscales a cuyo cargo se encuentren radicadas las diligencias a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, salvo que el director seccional de fiscalías disponga lo contrario.
Art. 7o.- Creación de cargos. El Consejo Superior de la Judicatura creará los cargos de fiscales delegados y demás servidores públicos que la Fiscalía General de la Nación requiera para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ley, y éstos deberán ser provistos dentro de los sesenta (60) días siguientes a su creación.
El Gobierno Nacional proveerá los recursos correspondientes que se destinen con este fin.'
Art. 8o.- El Gobierno Nacional modificará la estructura y funciones del Ministerio de Defensa Nacional y del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, con el exclusivo propósito de efectuar las adecuaciones necesarias para dar eficaz cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ley.
En tal virtud, podrá crear, fusionar, reestructurar o suprimir dependencias y reorganizar los cuerpos encargados de investigación, inteligencia y operaciones.
Art. 9o.- Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal. Créase el Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal como una cuenta especial del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
La administración del Fondo se sujetará a las reglamentaciones que sobre el particular adopte y expida el Conase.
El Fondo estará bajo la administración de un Gerente, que será un servidor público del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, designado por el Presidente de la República.
El objeto del Fondo será contribuir con los recursos necesarios para el pago de las recompensas y los gastos de dotación y funcionamiento de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, que no puedan atender las instituciones integrantes de los mismos. El Fondo atenderá los gastos correspondientes a la Secretaría Técnica que apoyará las funciones del Director del Programa Presidencial para la Defensa de la Libertad Personal y el Conase.
Los recursos del Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal provendrán de los aportes que se le asignen en el Presupuesto General de la Nación, así como las donaciones y recursos de crédito que contrate a su nombre el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los recursos provenientes de cooperación internacional, las inversiones que se efectúen y los demás ingresos que de acuerdo con la ley esté habilitado para recibir.
El Fondo también tendrá a su cargo la destinación provisional de bienes incautados que hayan sido utilizados para la comisión de delitos de secuestro o sean producto del mismo así como la administración y custodia de aquellos que, por resultado conveniente, no destine en forma provisional.
EL PLAN DE SEGURIDAD PERSONAL
(Prevenir un secuestro y /o comportamiento una vez sea secuestrado)
Las personas son vulnerables cuando están separadas de sus unidades. La siguiente es una lista de verificación diseñada para reducir las posibilidades de convertirse en un objetivo Terrorista, en un ambiente donde la amenaza es mayor. Primeramente, recuerde ACICA.
Acatar las órdenes de seguridad.: Acatar las ordenes de su seguridad o captores.
Conocer las rutinas de la guardia interior: Es decir su escolta y la de sus captores.
Inquisitivo..Aprender a describir lugares, rutas, personas y de ser posible preguntar la razón de su cautiverio.
Consciente. Del riesgo en todo momento, el cual involucra también a sus familia.
Alerta. No descuidar las medidas de protección , recuerde que en caso de cautiverio pueden estar ejecutando alguna operación para rescatarlo.
1. Las Rutinas Personales
a. Evitar llamarse uno al otro por rango, en áreas civiles.
b. Variar los restaurantes y establecimientos sociales.
c. Variar las rutinas de ejercicios físicos.
d. Mantener una silueta baja.
e. No mostrar grandes sumas de dinero.
f. No utilizar vehículos suntuosos.
g. No involucrarse en discusiones públicas.
h. No comportarse como vaquero.
i. Evitar ir solo de permiso / vacación.
j. Cuando por alguna circunstancia se desplace alguien de mucha confianza debe conocer su hora de llegada.
k. Evitar las áreas peligrosas mantenerse en los distritos bien poblados.
h. Antes de marcharse de un edificio o área, cerciorarse que no hay vehículos o individuos sospechosos.
i. Evitar hacerse a enemistades sin necesidad.
j. Mantener buenas relaciones con sus vecinos.
k. Mantener a la mano un medio de comunicación.
l. No tratar lo relacionado con un desplazamiento por teléfono.
m. Variar el horario de entrada y salida de su oficina y residencia.
n. Estudie y medite sobre el delito: actores, fines y modalidades.
o. Evalúe los riesgos que corre según su posición social y económica.
p. Conozca y ubique las zonas de peligro.
q. Haga un inventario de sus medios de defensa.
r. A menos que se trate de un asunto de vida o muerte ¡No se arriesgue!
s. Reaccione siempre en forma positiva.
t. Asesórese de un experimentado y confiable profesional de seguridad.
u. Mantenga un Plan. Quien es su negociador? Cuánto está dispuesto a pagar?
v. Equípese con los mejores sistemas de protección. Se trata de usted.
w. Aprenda a sobrevivir en cautiverio. No se arrepentirá.
2. El Transporte
a. Si es posible, variar el método de transporte.
b. Mantener siempre el automóvil cerrado con llave -aún en un garaje bajo llave.
Si viaja en autobus1 tren o ferrocarril subterráneo. No utilizar las mismas horas y las paradas.
d. Revisar el automóvil por debajo antes de ponerlo en marcha. hacer una inspección preplaneada alrededor del vehículo para asegurarse que no hay cables extraños, que no ha sido forzada la puerta1 y que no hay artefactos sospechosos.
e. Variar las rutas y las horas hacia su destino.
f. Si es posible, utilizar vehículos sin marcas.
g. Nunca recorra autostopistas. Evitar las calles, carreteras aisladas y las callejuelas.
h. Mantenga vehículo con llave aún en un garaje con llave.
a. La Supervivencia como la victima de un Ataque (el momento en que lo van a secuestrar)
(1) La seguridad suya y de su familia es su interés principal.
(2) Es mejor cumplir con los deseos de los atacantes para evitar lesiones graves o la muerte en armas.
(3) Evitar que personas no calificadas o inexpertas reaccionen, pueden ser sometidos fácilmente o perder sus vidas.
(4) Mantener una imagen del atacante (sexo, edad, estatura, contextura, raza o nacionalidad, complexión, estilo del cabello, cicatrices, tatuajes o cualesquiera señas extrañas). Recordar el automóvil (numero, estado, estilo, color, modelo.
año, otras características).
Durante el cautiverio por secuestro
b. La Supervivencia como Rehén
(1)Representar un papel ejemplar. Si la víctima permanece calmada, el terrorista se calmará. Si se trata a sí mismo con respeto, generalmente puede recibir un trato similar de sus captores terrorista.
(2) Ser extremadamente cortes y correcto con el terrorista.
(3) No anticipe su pronta libertad. Muchos de los secuestros terroristas duran meses, y en algunos casos anos. Preparándose mentalmente para un extenso cautiverio, usted disminuirá' el impacto emocional de una situación prolongada. un estudio de los secuestros terroristas y las situaciones de rehenes, demuestra que mientras mas se prolonga el incidente1 mayor es la probabilidad de que la víctima sea eventualmente rescatada o puesta en libertad.
(4) Crear las relaciones humanas. Identificar a los captores con quienes se puede comunicar e intentar establecer una relación con uno o mas de ellos. No argumente o discuta, pero si trate de dilucidar temas neutrales.
(5) Hablar en tono de voz normal. Evitar murmurar cuanto habla con otros rehenes o gritar cuando habla con un terrorista.
(6) No quejarse ni actuar en forma agresiva, y cooperar cuando trate con el terrorista o con los otros rehenes.
(7) No darle deliberadamente la espalda. a un terrorista particularmente al jefe.
(8) No rehusar ofertas de favores ofrecidos por el terrorista (inclusive alimentos, bebidas y tabaco).
(9) Cuidado personal. Hasta donde sea posible tratar de mantenerse limpio y hacer ejercicios regularmente
(10) Aprovechar el tiempo. Trate de establecer una rutina diaria. Mantenga el cuerpo y la mente ocupada.
(11) Controlar el medio ambiente. Parte de su rutina diaria debe ser la limpieza. Esto lo ayuda a ocupar su tiempo y a mantener el respeto propio.
(12) Recordar que se. estarán llevando a cabo negociaciones planes para su rescate.
(13) Permanecer alerta para señales externas de rescate.
(14) No preocuparse por la familia. Ellos han sido informados, están siendo mantenidos al tanto de su situación. y están siendo atendidos.
(15) No titubear en contestar preguntas personales, excepto si su posición1 puesto o propósito de viaje representa amenaza adicional para los terroristas o sus ideologías.
(l6) Mantener la posición prona, si es posible, no, se mueva durante la operación de rescate. Los rehenes no deben moverse hacia las fuerzas de asalto, correr o hacer movimientos rápidos o repentinos. Las fuerzas de asaltos pueden tener dificultad en distinguir inmediatamente entre los rehenes y los captores. Los movimientos rápidos o repentinos pueden ser tomados por ellos como amenazas.
Después del secuestro
- Debe practicarse exámenes médicos especializado al recién liberado.
- Después de un largo período de cautiverio debe someterse a tratamiento psicológico especializado para que pueda reintegrarse a sus actividades normales.
- Ir incorporándolo poco a poco a sus actividades normales, recuerde que un largo cautiverio deja secuelas en ocasiones irreversibles.
COMPLEMENTO.
1. Existen TRES estrategias para el manejo de secuestrados.
a. LA MILITAR. (Operaciones aplicando las técnicas de combate)
b. LA POLÍTICA. (Manejo desde el punto de vista normativo, Jurídico y empleo de mecanismos como la negociación)
c. LA HUMANITARIA. (Impedir mal trato, no puede afectar la estrategia política)
METODOS DEL TERRORISTA.
1. Pesquisas E Información.
2. Observación y análisis del objetivo.
3. Conocimiento del terreno.
4. Estudio y cronometraje del itinerario.
5. Motorización.
6. Selección del personal y turnos de relevo.
7. Selección de armas.
8. Cobertura y seguridad.
9. Retirada y dispersión.
10. Rescate o traslado.
11. Iluminación de pistas.
12. Rescate de heridos.
13. Planeamiento.
14. Ensayos
15. Ejecución.
Neutralización de la Extorsión y secuestro.
Código de Procedimiento Penal
CAPITULO VII
Indicio.
Artículo 284.- Elementos. Todo indicio ha de basarse en la experiencia y supone un hecho indicador, del cual el funcionario infiere lógicamente la existencia de otro.
Artículo 285.- Unidad de indicio. El hecho indicador es indivisible . sus elementos constitutivos no pueden tomarse separadamente como indicadores.
Artículo 286.- Prueba del hecho indicador. El hecho indicador debe estar probado..
Artículo 287.- Apreciación. El funcionario apreciará los indicios en conjunto teniendo en cuenta su gravedad, concordancia y convergencia, y su relación con los medios de prueba que obren en la actuación procesal.
PECADOS CAPITALES DE LA SEGURIDAD PERSONAL.
1. GENERADORES de peligros por exposición indebida irresponsable o inocente.
2. MOTIVADORES DE LA ENVIDIA, odio, sed de dinero o de venganza.
3. FACILITADORES DE LA CONSUMACIÓN DE LOS DELITOS.
GENERADORES DE PELIGROS POR EXPOSICIÓN INDEBIDA, IRRESPONSABLE O INOCENTE.
1. Ignorancia. Desconocimiento irresponsable de la amenaza y el peligro.
2. Temeridad. Imprudencia. Meterse donde o con quien no se debe.
3. Indisciplina. Carecer de voluntad suficiente para cumplir las normas.
4. Rutina. Es el más grave de todos los pecados contra la seguridad.
MOTIVADORES DE LA ENVIDIA, ODIO, SED DE DINERO O DE VENGANZA.
5. Injusticia. Motiva la venganza que es primaria, instintiva, por tanto, muy peligrosa.
6. Irrespeto. Las ofensas y el mal trato dan lugar a odios y sed de venganza.
7. Indiscreción. El pez muere por la boca. Es necesario cuidarse al hablar.
8. Notoriedad. Publicidad, derroche, exhibicionismo y ostentación invitan al criminal.
FACILITADORES DE LA CONSUMACIÓN DE LOS DELITOS.
9. Confianza. Abusar de la confianza anula las defensas.
10. Descuido. Negligencia en mantener la ALERTA. La persona se expone de manera fácil.
11. Olvido. El olvido de la amenaza nos lleva a caer mansamente en la boca del león.
12. Desprotección. No hay presa más fácil que una persona desprotegida.
MANDAMIENTOS DE LA SEGURIDAD PERSONAL.
1. Viva la situación. ¡Manténgase alerta!
2. Haga el bien, no importa a quien.
3. Sepa bien quien es quien.
4. Trate bien, no importa a quien.
5. Dude de qué, del cómo y del quién.
6. Sea cauteloso.
7. Sea impredecible.
8. sea moderado.
9. Sea valiente, no imprudente.
10. Viva la situación ¡Prepárese!
11.
LOS SIETE PECADOS CAPITALES DE LOS AGENTES DE PROTECCIÓN, INTELIGENCIA Y OPERATIVOS.
1. Inexperiencia.
2. La vanidad.
3. Exagerar sus fuerzas sin tener capacidad.
4. La precipitación.
5. Atacar a un enemigo mejor preparado.
6. La improvisación.
7. La Prepotencia.
NIVEL DE RIESGO PERSONAL Y FAMILIAR
PELIGRO O RIESGO
|
PROBABILIDAD DE REALIZACIÓN
|
DEBILIDAD CONVERTIDA EN VULNERABILIDAD
|
I LEVE
RARO
MUY BAJO
|
No se percibe presencia cercana o inmediata de peligro o amenaza personal o familiar.
SITUACIÓN DE SEGURIDAD PAZ
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Descuido general. Hábitos rutinarios indicios simples y poco preocupantes. Confianza extrema. Inocencia total.
TANQUILIDAD EN EL DIARIO ACONTECER-
|
II. APARENTE
ESPORÁDICO.
BAJO
|
La amenaza es mas casual que real. Se vive dentro de parámetros de lejanas amenazas.
SITUACIÓN DE SEGURIDAD CONFIANZA.
|
Rutina diaria. Algún grado de notoriedad debido al status social de la persona como de sus familiares y allegados.
AMBIENTE DE APARENTE NORMALIADAD.
|
III. PREOCUPANTE.
FRECUENTE.
MEDIO
|
Se presentan indicios serios de amenaza o peligro. La vida se desarrolla en el ambiente enrarecido de una probable amenaza.
SITUACIÓN DE SEGURIDAD:
TEMOR.
|
No se cuenta con medidas de seguridad, No existe una clara actitud de prevención. No se han tomado medidas preventivas, todo se deja al azar y la buena suerte.
PREVALECE LA DUDA Y LA INCERTIDUMBRE.
|
IV. GRAVE
PERIÓDICO
ALTO
|
La amenaza toma cuerpo y dirección. El secuestro extorsivo toma las primeras victimas. La amenaza se materializa.
SITUACIÓN DE SEGURIDAD MIEDO.
|
Las medidas preventivas fallan. El Plan de seguridad no funciona, medidas defensivas son insuficientes. La autoridad impotente.
CUNDE EL DESCONCIERTO AL BORDE DEL COILLAPSO
|
Investigación. (Ciclo de Vigilancia)
Definición: Proceso ordenado, lógico y continuo que debe adoptar un Jefe para buscar información pertinente al “Sujeto(s)” y área de operaciones, una vez procesadas las informaciones se constituyen en Inteligencia.
Comprende cuatro pasos, así:
1. Dirección
2. Búsqueda.
3. Proceso
4. Difusión.
Planeamiento del Esfuerzo de búsqueda.
Consiste en determinar QUE información se debe buscar, QUIEN debe buscarla, DONDE se puede encontrar e impartir las órdenes para que la Agencia escogida la busque y la comunique oportunamente.
Búsqueda de la información.
Determinada la agencia y emitidas las órdenes o solicitudes, se desarrolla el paso fundamental de buscar las respuestas deseadas acudiendo a las fuentes disponibles.
Proceso.
Las informaciones obtenidas deben procesarse para convertirlas en inteligencia. Este paso comprende:
(1) Registro.
(2) Evaluación.
(3) Interpretación.
(4) Base de datos
Registro.
Consiste en registrar y clasificar las informaciones, en orden cronológico, Base de datos.
Evaluación
Sistema de evaluación dentro de una escala de valores.
~ En cuanto a la agencia:
A. La agencia puede ser creída completamente, es absolutamente idónea, se escribe como credibilidad completa.
B. En otros informes anteriores la agencia ha sido veraz en su mayoría. La agencia tiene experiencia. Su credibilidad normal.
C. Son agencias imparciales, con mediana experiencia, cuyos informes requieren de otra comprobación. Su credibilidad regular.
D. La agencia carece de experiencia y/o su veracidad es sospechosa. Requiere comprobación, su credibilidad es dudosa.
E. Se le ha comprobado a la agencia su falta de veracidad. No inspira confianza. Su credibilidad es mínima.
F. No hay base ni elementos de juicio para calificar la idoneidad o valor de la fuente. Su credibilidad no puede ser juzgada.
~ En cuanto a la exactitud del informe.
1. Confirmado por otras fuentes. El informe es similar al producido por otras fuentes.
2. Probablemente verdadero. Existen elementos de juicio que permiten determinar la veracidad del informe.
3. Posiblemente verdadero. Aunque no existen elementos de juicio que determinen su veracidad, el hecho informado concuerda con el comportamiento del blanco.
4. Dudoso. El informe contradice hechos o procedimientos conocidos.
5. Improbables. Opuesto a informaciones ya conocidas y confirmadas.
6. La veracidad no puede ser juzgada. No existen los elementos de juicio que permitan calificarlo.
Ejemplo: A-1 Credibilidad completa, confirmado por otras fuentes.
D-4 Credibilidad dudosa, Dudoso
Interpretación.
(1) Análisis Estudia los elementos que componen el informe, para deducir que significa cada uno y establecer la relación con otros existentes.
(2) Integración Consiste en agrupar los diferentes elementos componentes del informe y otros hechos relacionados ya existentes para sustentar hipótesis lógicas sobre el enemigo, el área de operaciones o la población civil y su influencia en nuestras operaciones.
(3) Deducción Es el proceso de examen de la hipótesis, de donde se deduce el significado del informe en relación al enemigo, al tiempo o al terreno. La resultante es inteligencia lista para difundir y emplear.
(4) Base de Datos. En un programa que permita obtener la información precisa en forma inmediata-
Difusión:
Es entregarle a cada Jefe los informes de inteligencia que sean pertinentes.
En forma oportuna.
Los siete pecados capitales de todo Agente...Líder o Jefe y Escoltas son:
-La inexperiencia.
-La vanidad.
-Exagerar sus fuerzas sin tener capacidad.
-La precipitación.
-Atacar a un enemigo mejor preparado.
-Improvisación.
-La prepotencia.
Como Agente de Vigilancia o similar. Para infiltrarse debe actuar con el sigilo de la serpiente:
Una vez involucrado dentro del enemigo comportarse como un manso cordero.
En caso de ser sorprendido reaccionar como una fiera.
Buscar sapos.
No tener cerebro de iguana.
Debe practicar las siguientes virtudes AMOR HACIA TAN DIFÍCIL PROFESION, VIVIR ALERTA, ENTRENARSE Y CAPACITACIÓN PERMANENTE..
TITULO III
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD INDIVIDUAL'
Y OTRAS GARANTÍAS
CAPITULO PRIMERO
DE LA DESAFARICIÓN FORZADA
Desaparición forzada
Art. 165.- El particular que perteneciendo a un grupo armado al margen de la ley someta a otra persona a privación de su libertad cualquiera que sea la forma, seguida de su ocultamiento y de la negativa a reconocer dicha privación o de dar información sobre su paradero, sustrayéndola del amparo de la ley incurrirá en prisión de veinte (20) a treinta (30) años, multa de mil (1.000) a tres mil (3.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes y en interdicción de derechos y funciones públicas de diez (10) a veinte (20) años.
A la misma pena quedará sometido, el servidor público, o el particular que actúe bajo la determinación o la aquiescencia de aquél, y realice la conducta descrita en el inciso anterior
Circunstancias de agravación punitiva
Art. 166.- Circunstancias de agravación punitiva. La pena prevista en el articulo anterior será de treinta (30) a cuarenta (40) años de prisión, multa de dos mil (2.000) a cinco mil (5.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de quince (15) a veinte (20) años, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1. Cuando la conducta se cometa por quien ejerza autoridad o jurisdicción.
2. Cuando la conducta se cometa en persona con discapacidad que le impida valerse por si misma.
3. Cuando la conducta se ejecute en menor de dieciocho (18) años, mayor de sesenta (60) o mujer embarazada.
4. Cuando la conducta se cometa, por razón de sus calidades, contra las siguientes personas: servidores públicos, comunicadores, defensores de derechos humanos, candidatos o aspirantes a cargos de elección popular, dirigentes sindicales, políticos o religiosos, contra quienes hayan sido testigos de conductas punibles o disciplinarias, juez de paz, o contra cualquier otra persona por sus creencias u opiniones políticas o por motivo que implique alguna forma de discriminación o intolerancia.
5. Cuando la conducta se cometa por razón y contra los parientes de las personas mencionadas en el numeral anterior, basta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.
6. Cuando se cometa utilizando bienes del Estado.
7. Si se somete a la victima a tratos crueles, inhumanos o degradantes durante el tiempo en que permanezca desaparecida, siempre y cuando la conducta no configure otro delito.
8. Cuando por causa o con ocasión de la desaparición forzada le sobrevenga a la víctima la muerte o sufra lesiones físicas o psíquicas.
9. Cuando se cometa cualquier acción sobre el cadáver de la víctima para evitar su identificación posterior, o para causar daño a terceros.
Circunstancias de atenuación punitiva
Art. 167.- Las penas previstas en el articulo 160 se atenuarán en los siguientes casos:
1. La pena se reducirá de la mitad (1/2) a las cinco sextas (5/6) partes cuando en un término no superior a quince (15) días, los autores o participes liberen a la víctima voluntariamente en similares condiciones físicas y psíquicas a las que se encontraba en el momento de ser privada de la libertad, o suministren información que conduzca a su recuperación inmediata, en similares condiciones físicas y psíquicas.
2. La pena se reducirá de una tercera parte (1/3) a la mitad (1/2) cuando en un término mayor a quince (15) días y no superior a treinta (30) días, los autores o participes liberen a la víctima en las mismas condiciones previstas en el numeral anterior.
3. Si los autores o partícipes suministran información que conduzca a la recuperación del cadáver de la persona desaparecida, la pena se reducirá hasta en una octava (1/8) parte.
Parágrafo.- Las reducciones de penas previstas en este articulo se aplicarán únicamente al autor o participe que libere voluntariamente a la víctima o suministre la información.
CAPÍTULO SEGUNDO
DEL SECUESTRO
Secuestro simple
Art. 168.- Secuestro Simple. El que con propósitos distintos a los previstos en el artículo siguiente, arrebate, sustraiga, retenga u oculte a una persona, incurrirá en prisión de doce (12) a veinte (20) años y en multa de seiscientos (600) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes
Secuestro extorsivo
Art. 169.- Secuestro Extorsivo. El que arrebate, sustraiga, retenga u oculte a una persona con el propósito de exigir por su libertad un provecho o cualquier utilidad, o para que se haga u omita algo, .0 con fines publicitarios o de carácter político, incurrirá en prisión de veinte (20) a veintiocho (28) años y multa de dos mil (2.000) a cuatro mil (4.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Circunstancias de agravación punitiva
Art. 170.- Circunstancias de Agravación Punitiva. La pena señalada para el secuestro Extorsivo será de veintiocho (28) a cuarenta (40) años y la multa será de cinco mil (5.000) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin superar el límite máximo de la pena privativa de la libertad establecida en el Código Penal, si concurriere alguna de las siguientes circunstancias.
1. La conducta se cometa en persona discapacitada que no pueda valerse por si misma o que padezca enfermedad grave, o en menor de dieciocho (18) años, o en mayor de sesenta y cinco (65) años, o que no tenga la plena capacidad de autodeterminación, o que sea mujer embarazada.
2. Si se somete a la víctima a tortura física o moral o a violencia sexual durante el tiempo que permanezca secuestrada.
3. Si la privación de la libertad del secuestrado se prolonga por más de quince (15) días.
4. Si ejecuta la conducta respecto de pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad, cuarto de afinidad o primero civil, sobre cónyuge o compañera o compañero permanente, o aprovechando la confianza depositada por la víctima en el autor o en alguno o algunos de los partícipes. Para los efectos previstos en este artículo, la afinidad será derivada de cualquier forma de matrimonio o de unión libre.
5. Cuando la conducta se realice por persona que sea servidor público o que sea o haya sido miembro de las fuerzas de seguridad del Estado.
6. Cuando se presione la entrega o verificación de lo exigido con amenaza de muerte o lesión, o con ejecutar acto que implique grave peligro común o grave perjuicio a la comunidad o a la salud pública.
7. Cuando se cometa con fines terroristas.
8. Cuando se obtenga la utilidad, provecho o la finalidad perseguidos por los autores o partícipes.
9. Cuando se afecten gravemente los bienes o la actividad profesional o económica de la víctima.
10. Cuando por causa o con ocasión del secuestro le sobrevengan a la víctima la muerte o lesiones personales.
11. Si se comete en persona que sea o haya sido periodista, dirigente comunitario, sindical, político, étnico o religioso, o candidato a cargo de elección popular, en razón de ello, o que sea o hubiere sido servidor público y por razón de sus funciones.
12. Si la conducta se comete utilizando orden de captura o detención falsificada o simulando tenerla.
13. Cuando la conducta se comete total o parcialmente desde un lugar de privación de la libertad.
14. Si la conducta se comete parcialmente en el extranjero.
15. Cuando se trafique con la persona secuestrada durante el tiempo de privación de la libertad.
16. En persona internacionalmente protegida diferente o no en el Derecho Internacional Humanitario y Agentes Diplomáticos, de las señaladas en los tratados y convenios internacionales ratificados por Colombia.
PARÁGRAFO: Las penas señaladas para el secuestro Simple, se aumentarán de una tercera parte a la mitad cuando concurriere alguna de las circunstancias anteriores, excepto la enunciada en el artículo 11.
Art. 171.- Mantendrá su vigencia, respectivamente, en los siguientes términos: Circunstancias de atenuación punitiva. Si dentro de los quince (15) días siguientes al secuestro, se dejare voluntariamente en libertad a la víctima, sin que se hubiere obtenido alguno de los fines previstos para el el secuestro Extorsivo, la pena se disminuirá hasta en la mitad.
En los eventos del secuestro simple habrá lugar a igual disminución de la pena si el secuestrado, dentro del mismo término, fuere dejado voluntariamente en libertad.
Artículo 172-. Derogado por el Artículo 15 de la ley 733 de 20002.
Artículo 173.- Apoderamiento de aeronaves, naves, o medios de transporte colectivo. El que mediante violencia, amenazas o maniobras engañosas, se apodere de nave, aeronave, o de cualquier otro medio de transporte colectivo, o altere su itinerario, o ejerza su control, incurrirá, por esa sola conducta , en prisión de diez (10) a quince (15) años y multa de mil (1.000) a tres mil (3.000)salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La pena se aumentará de la mitad a las tres cuartas partes, cuando no se permita la salida de los pasajeros en la primera oportunidad.
Artículo 244.- Extorsión. El que constriña a otro a hacer, tolerar u omitir alguna cosa, con el propósito de obtener provecho ilícito o cualquier utilidad ilícita o beneficio ilícito, para si o para un tercero, incurrirá en prisión de doce (12) a dieciséis (16) años y multa de seiscientos (600) a mil doscientos (1.200) salarios mínimos legales mensuales vigentes para sí o para un tercero, incurrirá en prisión de ocho (8) a quince (15) años.
Artículo 245.- Circunstancia de agravación. La pena señalada en el artículo anterior se aumentará hasta en una tercera parte y multa de tres mil (3.000) a seis mil (6.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, si concurriere alguna de las siguientes circunstancias:
- Si se ejecuta la conducta respecto de pariente hasta el cuarto grado de consaguinidad, cuarto de afinidad o primero civil, sobre cónyuge o compañera o compañero permanente, o aprovechando la confianza depositada por la víctima en el autor o en alguno o algunos de los partícipes. Para efectos previstos en este artículo, la afinidad será derivada de cualquier forma de matrimonio o de unión libre.
- Cuando la conducta se comete por persona que sea servidor publico o que sea o haya sido miembro de las fuerzas, de seguridad del Estado.
- Si el constreñimiento se haga consistir en amenaza de ejecutar muerte, lesión o secuestro, o acto del cual pueda derivarse calamidad, infortunio o peligro común.
- Cuando se comete con fines publicitarios o políticos constriñendo a otro mediante amenazas a hacer , suministrar, tolerar u omitir alguna cosa.
- Si el propósito o fin perseguido por el agente es facilitar actos terroristas constriñendo a otro mediante amenazas a hacer, suministrar, tolerar u omitir alguna cosa.
- Cuando se afecten gravemente los bienes o la actividad profesional o económica de la víctima.
- Si se comete en persona que sea o haya sido periodista, dirigente comunitario, sindical, político, étnico o religioso, o candidato a cargo de lección popular, en razón de ello, o que sea o hubiere sido servidor público y por razón de sus funciones.
- Si se comete utilizando orden de captura o detención falsificada o simulando tenerla, o simulando investidura o cargo público o fingiere pertenecer a la fuerza pública.
- Cuando la conducta se comete total o parcialmente desde un lugar de privación de la libertad.
- Si la conducta se comete parcialmente en el extranjero.
- En persona internacionalmente protegida diferente o no en el Derecho Internacional Humanitario y agentes diplomáticos, de las señaladas en los Tratados y convenios Internacionales ratificados por Colombia.
LA ESTRATEGIA MILITAR, LA POLÍTICA Y LA HUMANITARIA.
La Militar: Cumple con la Investigación y los Operativos.
Para cumplir con este propósito todos los organismos de seguridad del estado, proveerán la información pertinente, no obstante que los grupos Gaula hacen inteligencia para dar con el paradero del o los secuestrados. Ley 282/96.
La Política: Es el manejo que se le da desde el punto de vista normativo, jurídico y empleo de mecanismos. Negociación.- En este caso en particular los grupos subversivos han solicitado en repetidas ocasiones LEY de canje de Guerrilleros presos por personas secuestradas; pero el Gobierno Nacional no lo Acepta por considerar la propuesta improcedente.
La Humanitaria: Impedir que los secuestrados sean maltratados o asesinados.
Esta estrategia no puede afectar la estrategia Política.
Es pertinente a todos los implicados o no en el conflicto; pero se resalta a la Cruz Roja, Defensa Civil e Instituciones no Gubernamentales. Por parte del gobierno se suele nombrar comisiones.
INFORME DE INTERES PARA LOS ALUMNOS DEL CURSO
El personal debe preparase psicológicamente para implementar lo pertinente a la estrategia del rescate, encuadrado dentro de un grupo operativo de los Gaula.
LA EJECUCIÓN DE LA PRACTICA. Plan de Lección: Para ejecutar un despliegue (desplazamiento) contempla cuatro (4) fases a saber:
1. Fase de Planeamiento.
1.1 Planeamiento. Procedimiento de Comando. REFIECES
1.2 Organización. Grupos Gaula conformando cada uno los grupos de APOYO, ASALTO Y SEGURIDAD. No olvidar incluir en el grupo de asalto al Policía Judicial.
2. Fase de Movimiento.
11.1 Formaciones del equipo
11.2 Cruce de áreas de peligro lineal. (carreteras, alambradas, ríos partes altas, etc.)
11.3 Descansos cortos y largos.
11.4 Técnicas de la oreja.
11.5 Técnicas de la quebrada o caño.
- Acciones Sorpresivas.
12.1 Combate de encuentro.
12.2 Emboscada y contraemboscada.
12.3 Un hombre perdido.
12.4 Encuentro con campesino.
12.5 Encuentro de un cadáver.
12.6 Mordeduras de serpiente.
- Acciones sobre el objetivo.
13.1 Ejecutar Golpe de mano, para rescatar un secuestrado y capturar a los secuestradores.
13.2 Ocupar el PRO.
13.3 Rendir el informe correspondiente.
Biografía.
Código Penal.
Colimodio Fase III
Internet
SV. ® ROSEMBERG SASTOQUE PUERTA
Instructor.